Miércoles 10 de Julio de 2013
Es una decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York que rechaza las apelaciones contra el fallo en el que condenó al país a pagar 1.300 millones de dólares a un grupo de holdouts.
El secretario Cosentino desestimó la importancia de la medida judicial.
La Corte de Apelaciones de Nueva York emitió un fallo en el que desestimó los recursos presentados por la Argentina en el juicio que mantiene con los holdouts, al tiempo que el gobierno argentino "desmintió que esta resolución impacte en el trámite de su apelación a la Corte Suprema de los Estados Unidos", según confirmó el Ministerio de Economía.
El tribunal de alzada neoyorquino resolvió rechazar todas las apelaciones presentadas contra su fallo del 26 de octubre en el cual condenó a la Argentina a pagar 1.300 millones de dólares a un grupo de holdouts y delegó en el juez de primera instancia Thomas Griesa, la deteminación de la forma del pago que luego fue apelada por el gobierno argentino.
Ahora, la cámara neoyorquina dictaminó anular todas las apelaciones presentadas contra su fallo, dejando sólo vigente el recurso contra el fallo de Griesa, en cuanto a la forma de pago.
En tanto, el Ministerio de Economía informó anoche que "la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de esa ciudad libró sólo una orden de tipo meramente administrativa en la causa pari passu, la que no impacta en el trámite de la apelación".
En un comunicado, el secretario de Finanzas, Adrián Cosentino, explicó que "durante el proceso, el juez Thomas Griesa dictó órdenes declaratorias estableciendo que Argentina violó la cláusula pari passu, y luego libró la orden con la medida cautelar. Ambas fueron apeladas por Argentina, pero por una cuestión procesal, la segunda apelación (contra la medida cautelar) subsumió la primera (contra la orden declaratoria)".
Según el Palacio de Hacienda, "siguiendo la instrucción impartida por el Segundo Circuito en su sentencia del 26 de octubre de 2012, ahora el juez simplemente desestimó la primera tanda de apelaciones (contra la orden declaratoria), lo que no tiene impacto sobre la apelación en trámite contra la medida cautelar (injunction) de Griesa".
Cosentino reiteró que "la orden del día de hoy (por ayer) es un acto meramente de administración que no tiene ningún efecto sustancial en la causa".