Viernes 31 de May de 2013
Es por el crimen del estudiante de cine, asesinado durante un asalto en el barrio porteño de Caballito, y para fijar la pena se tuvo en cuenta que fue a robar con un arma cargada, pero también el pedido de perdón a la familia y su juventud.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 18 contra Sebastián Pantano (26), hallado responsable de "homicidio en ocasión de robo", según un fallo dictado por la Cámara de Casación Penal en febrero.
El máximo tribunal había revocado la resolución por la que el TOC 28 inicialmente lo había sentenciado a la pena máxima por entender que había cometido un "homicidio criminis causa" (matar para ocultar otro delito y lograr impunidad) y dispuso que otros jueces determinen el nuevo monto.
La madre de la víctima, Diana Cohen Agrest, cuestionó que se haya atenuado la pena por el "arrepentimiento" del imputado y consideró que "así como el perdón, es una noción extrajurídica apropiada en ámbitos religiosos o de la conciencia personal del que delinque, como de los deudos".
"Cuando se autoriza a un homicida a pedir perdón se comete una falacia de hecho, porque el que puede perdonar ya no está", enfatizó y agregó que ésta es "una de las tantas irracionalidades en las que cae el derecho penal cuando ejerce un rol paternalista revictimizando a los deudos".
En la audiencia de la semana pasada, el fiscal Aldo De la Fuente había pedido una pena única de 25 años, los abogados querellantes Carlos Pousa Bogado y Daniel Borojovich 30 años y seis meses y la defensa 11 años porque su familia lo abandonó.
Para fijar la pena, los jueces Ricardo Rojas, Domingo Altieri y Pablo García de la Torre tuvieron en cuenta como agravantes que Pantano fue a robar "portando un arma de guerra apta para el disparo y cargada con munición adecuada".
"Ello implica un plus de desprecio por la integridad física ajena que puso en riesgo a las demás personas que se hallaban en el lugar, más allá del efectivo resultado muerte producido en la persona de Ezequiel Agrest (26)", remarcaron.
Agregaron que "planificó el asalto, tomó la decisión de concurrir armado al lugar, ingresó a la casa, redujo a sus ocupantes y finalmente hizo los dos disparos que terminaron con la vida del joven Ezequiel Agrest".
En tanto, para atenuar la pena valoraron el arrepentimiento y pedido de perdón a la familia de la víctima que Pantano formuló en la anterior audiencia, que solicitó "contención" por el abandono de su familia tras quedar preso y su juventud.
Si bien los jueces rechazaron el pedido para que se lo declare reincidente, fijaron la pena por el homicidio de Agrest en 18 años y la unificaron con otra anterior de cinco años y seis meses dictada por el Tribunal Oral 5 de Morón por robo.
Así la pena quedó establecida en 23 años y los jueces remarcaron que la resolución "vencerá el 10/10/2030", aclaración poco habitual de los tribunales orales.
El crimen ocurrió el 8 de julio de 2011 en el pasaje Bertrés al 500, casi Pedro Goyena, de Caballito, donde vivía Lucía Agosta, una compañera de Agrest, cuando ambos fueron sorprendidos por un joven que ingresó a robar cuando bajaban cosas de un auto.
El asaltante, quien actuó solo, los amenazó con una pistola calibre .45 que nunca fue encontrada y los hizo ingresar a la casa, por lo que la joven le entregó dinero en efectivo.
No obstante, el delincuente no quedó conforme con el botín obtenido y maniató a Agosta y a su hermano y, cuando se disponía a hacerlo con Agrest, éste se resistió, por lo que primero lo golpeó con la culata del arma en la cabeza y luego le disparó dos tiros.
Pantano, hijo de un Policía Federal, fue detenido un mes después en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora con un DNI falso.