Viernes 10 de May de 2013

Papel Prensa: diputados K proponen expropiar el 24%

  • Extra el pais y el mundo

La iniciativa, firmada por los kirchneristas Diana Conti y Carlos Kunkel, ingresó a Diputados y establece que se declare "de utilidad pública y sujeto a expropiación el 24% del patrimonio" de la empresa.

Avanzada

El diputado kirchnerista Carlos Kunkel rubricó el proyecto.

El kirchnerismo presentó ayer en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para expropiar el 24 por ciento de las acciones de la empresa Papel Prensa, cuyos socios mayoritarios son los diarios Clarín y La Nación.

De aprobarse, el Estado pasaría a tomar el control de la compañía, ya que actualmente tiene 27,5 por ciento de las acciones y con lo que se expropiaría llegaría a más del 50.

El proyecto, firmado entre otros por los ultrakirchneristas Diana Conti y Carlos Kunkel, establece que se declare "de utilidad pública y sujeto a expropiación el 24 por ciento del patrimonio de Papel Prensa" y que, el día de la promulgación de la ley, la Comisión Nacional de Valores convoque a una asamblea de accionistas para decretar "la remoción de la totalidad de los directores titulares y suplentes y de los síndicos titulares y suplentes". 

La iniciativa apunta a tomar el control de la empresa que produce papel para diarios y que es controlada por Clarín (49 por ciento) y La Nación (22,5 por ciento) Actualmente, el Estado posee el 27,5 por ciento de las acciones con lo que, en caso de aprobarse la expropiación, pasaría a controlar el 51,5 por ciento de la firma.

El proyecto, titulado "expropiación del 24 por ciento de Acciones de Papel Prensa S.A.", tiene la firma de los diputados nacionales Kunkel, Conti, Dulce Granados, Gastón Harispe, Graciela Giannesttasio, Gloria Bodegain, Adriana Puiggrós, Andrea García y María Teresa García.

En el primero de los siete artículos se establece: "Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el 24 por ciento del patrimonio de Papel Prensa S.A., representado por igual porcentaje de las acciones Clase A y C de dicha empresa".
"A efectos de la instrumentación de la presente y de la registración de la titularidad de los derechos correspondientes a las acciones sujetas a expropiación, deberá dejarse constancia que la expropiación de tales acciones es por causa de utilidad pública y que se encuentra prohibida la transferencia futura de ella sin autorización del Honorable Congreso de la Nación votada por las dos terceras parte de sus miembros", se expresa en su artículo 2.

Luego se precisa que "los procesos de expropiación estarán regidos por lo establecido en la ley 21.499 y actuará como expropiante el Poder Ejecutivo Nacional" y que "el precio de los bienes sujetos a expropiación se determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la ley 21.499. La tasación la efectuará el Tribunal de Tasaciones de la Nación".

En el artículo 5 se establece que "para el desarrollo de su actividad, Papel Prensa S.A. continuará operando como sociedad anónima abierta, en los términos del capítulo II sección V, de la ley 19.550 y normas concordantes, no siéndoles aplicables legislaciones o normativas administrativas algunas que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado Nacional o los Estados provinciales tengan participación".

Por último, se estipula que "la Comisión Nacional de Valores en el día de la promulgación de esta Ley convocará a una asamblea de accionistas, a efectos de tratar, entre otros asuntos que se consideren necesarios y relevantes a los fines de la presente, la remoción de la totalidad de los directores titulares y suplentes, y de los síndicos titulares y suplentes y la designación de sus reemplazantes por el término que corresponda".


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