Miércoles 22 de May de 2013

Declaran inconstitucional la guía para abortos no punibles

  • Extra el pais y el mundo

Argumentan que "vulnera los derechos de los niños por nacer, protegidos por la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución de Córdoba".

En contra

La Asociación Civil Portal de Belén que se opone al aborto planteó la apelación.

La Justicia cordobesa declaró ayer inconstitucional la guía de procedimientos ante abortos no punibles, decisión que será apelada por organizaciones sociales que aclararon que el fallo no impide que las mujeres violadas accedan a una interrupción voluntaria del embarazo.

La decisión de la Cámara 3ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba consideró que el protocolo de actuación para abortos no punibles "vulnera los derechos de los niños por nacer, protegidos por la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución de Córdoba".
El tribunal hizo lugar al recurso de apelación planteado por la asociación civil Portal de Belén, entidad que se opone al derecho al aborto y, por ende, ordenó al Gobierno de José Manuel de la Sota que se abstenga de aplicar la "Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible", dictada por el Ministerio de Salud provincial en 2012.
"El fallo se va a apelar. No tiene fundamentos, porque entre otras cosas, superpone la normativa provincial a la Constitución Nacional y a las normativas internacionales adoptadas por Argentina en la materia", aseguró la abogada Angélica Peña, una de las integrantes del equipo legal que impulsa el derecho al acceso al aborto legal. También participan de la estrategia jurídica abogadas de la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD) que aclararon que la decisión de la Cámara "mantiene la constitucionalidad del artículo 86 del Código Penal, es decir que el derecho a acceder a la práctica de los abortos permitidos en el Código Penal continúa vigente en la provincia".

Por lo tanto "las mujeres cordobesas continúan estando amparadas en materia de abortos no punibles por los alcances de la interpretación del Código Penal realizada por la Corte Suprema Nacional", añadió CDD.

Para la organización, este tipo de decisiones judiciales "pretenden hacer regir en Córdoba, una especie de derecho paralelo del vigente en el resto de las provincias y en el país, violentando derechos fundamentales de las mujeres ya ampliamente reconocidos por las más altas jurisdicciones nacionales e internacionales".
En el fallo de la Cámara "están ausentes los derechos de las mujeres", enfatizó Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Género y Justicia (ELA).
"Los jueves tendrían que haber actuado con racionalidad para analizar la seriedad de un protocolo que debe resguardar los derechos de las mujeres", aseveró la abogada.
La disputa legal comenzó en Córdoba hace un año, y ahora, a raíz de la decisión por la cual los camaristas cordobeses se apartaron del criterio fijado por la Corte Suprema, los abortos no punibles sólo se pueden practicar en la provincia en los hospitales que dependen de la Universidad Nacional de Córdoba: el Clínicas y la Maternidad que se rigen por el protocolo nacional.


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